16 junio 2007

Política

Mientras mirábamos para otro lado

Sanción de la Ley "Antiterrorista"

El 12 de junio fue aprobada la Ley Antiterrorista en Argentina, en ese lugar que algunos optimistas llaman Congreso. Pero la historia de la necesidad de esta Ley proviene de otros parajes:

"La necesidad de sancionar una ley antiterrorista antes del mes de junio fue el principal anuncio que hicieron los integrantes de la misión argentina ante el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) -organismo internacional que combate el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo en el mundo y que la Argentina integra desde el año 2000." (27-2-2007)

O sea, he aquí el mandato explícito, sin tapujos ni censuras. ¿Influir en los asuntos internos de un país soberano? ¡A quién se le ocurre!!!!

"Los funcionarios explicaron que la Argentina, que es miembro pleno del organismo desde el año 2000 -status que comparte en Latinoamérica sólo con México y Brasil- deberá aprobar antes de junio un proyecto de ley que tipifique en nuestro Código Penal como delito autónomo el financiamiento del Terrorismo si no quiere recibir sanciones. "(27-2-2007)

¿Advierten algo de presión en este comentario? Veamos quiénes son los señores que nos traen tan buenas nuevas:

"Invitados por las presidentas de las comisiones de Seguridad Interior y Narcotráfico, Sonia Escudero (PJ-Salta), y de Justicia y Asuntos Penales; Vilma Ibarra (PJ-Capital Federal), Juan Félix Marteau y Zenón Biagosch, coordinador nacional ante el GAFI y director del Banco Central, respectivamente, concurrieron al Senado Nacional para informar los resultados de la última reunión plenaria del organismo internacional realizada la semana pasada en Strasbourg, Francia. "(27-2-2007)

Pero sin consecuencias concretas, ninguna amenaza funciona, veamos:

"Las sanciones pasibles de ser aplicadas contra nuestro país son dos: la primera de ellas es los que se conoce como "declaración pública" (o "public statement" en su traducción al inglés) por el cual "el grupo en pleno le dice a sus países miembros que consideren con especial atención a todas las operaciones financieras que provengan o sean destinadas a nuestro país", según informó Biagosch. "El siguiente paso es directamente la expulsión", agregó."(27-2-2007)

Y como no podría ser de otra manera, a sus órdenes:

"Se crea una nueva figura penal "la asociación ilícita terrorista, se trata de una asociación ilícita que tenga por objetivo aterrorizar a la población para lograr que las autoridades tomen una determinada decisión y que a su vez esté organizada en redes terroristas internacionales", explicó Escudero."(27-2-2007)

¿Es posible que esta gente no mida las consecuencias de sus actos? Quizás metan la pata por inocentes, pobres santos...

"Con el componente internacional se deja en claro que no quedan alcanzadas las organizaciones violentas que actúen en el ámbito interno" -indicó la legisladora. Además, "el proyecto está en línea con la visión occidental -especialmente con los Estados Unidos- pues se castiga el estadio anterior a la comisión delito, es decir apunta a la preveción del acto terrorista. Seguramente recibirá cuestionamientos por parte de Organismos defensores de derechos humanos, especialmente quienes no están de acuerdo con penalizar organizaciones" (27-2-2007)

¿Entonces sabían? Sorpresas te da la vida:

"Con respecto al plazo dispuesto por el GAFI, reconoció que resulta muy corto, "teniendo en cuenta el tiempo razonablemente necesario para el tratamiento de un tema tan complejo, especialmente teniendo en cuenta que se trata de un año electoral. Hasta junio puede esperarse la media sanción por parte del Senado, pero dudó de que pueda lograrse su tratamiento en la Cámara baja, afirmó la senadora salteña. "(27-2-2007)

Tranquila Senadora, los plazos se han cumplido a la perfección y la GAFI está más que contenta:

"la falta de observancia de estos estándares es extremadamente perjudicial en términos económicos y financieros para países que como el nuestro, se esfuerzan en por cumplir con los compromisos internacionales ya que, entre otros efectos, esas flexibilidades tienden a deslocalizar flujos financieros" (27-2-2007)

Ahora somos de nuevo buenos alumnos, a dormir tranquilos, ya tenemos una Ley Antiterrorista votada en los términos solicitados por la GAFI.
Ésta es la definición de Acto Terrorista de la nueva ley:

"Acto de terrorismo: la comisión de delitos para aterrorizar a la población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo".(12-6-2007)

Una definición lo suficientemente abierta para que ingresen en esa figura practicamente toda expresión de rechazo u oposición. Y cosa curiosa, Leyes de este tipo están siendo presentadas ante los parlamentos de varios países latinoamericanos. ¿Coincidencia?
Y como los empiristas siempre reclaman pruebas tangibles, he aquí una muestra de las utilidad de tener una Ley Antiterrorista:

"El informe de 60 páginas titulado: "Proceso Indebido: Juicios Antiterroristas, Tribunales Militares y los Mapuche en el Sur de Chile", muestra cómo los mapuche acusados de terrorismo se enfrentan a juicios desiguales por delitos que no constituyen un peligro directo para la vida, la libertad ni la integridad física."(16-6-2007)

¿Estaremos ingresando en alguna lista negra? ¿Podemos ser objeto de la aplicación de la Ley Antiterrorista?

Marcelo Fernández
de la redacción de Urticultura

Nota del 27/2/07:

Advertencia de AABA por las consecuencias de la Ley Antiterrorista:

Noticia sobre la Aplicación de la Ley Antiterrorista en Chile:

Sobre la sanción de la Ley Antiterrorista: